Nuevas reglas de inspección que afectan a las láminas solares: guía práctica para conductores

  • 15 marzo, 2026
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La inspección de las láminas solares en los cristales de los vehículos ha cambiado recientemente. Desde el 1 de enero de 2026 todas las estaciones ITV aplican la versión 7.9 del Manual de Procedimiento de Inspección de las Estaciones ITV como referencia técnica, por lo que conviene conocer las novedades para evitar sanciones y rechazos.

Este artículo explica de forma práctica qué comprueban los inspectores, qué documentación debe llevar el conductor, las excepciones médicas, las sanciones más habituales y recomendaciones operativas que pueden evitar problemas en la ITV y en controles de carretera.

Cambios clave del Manual ITV (v.7.9) y contexto 2025-2026

La revisión del Manual ITV a la versión 7.9 entró en vigor el 1 de enero de 2026 tras la Resolución publicada en octubre de 2025 (Resolución 11-10-2025 / Resol. 1-10-2025). Esta versión actualiza criterios técnicos y homogeneiza procedimientos entre estaciones, continuando la armonización iniciada con la v.7.8 en 2025.

La consecuencia práctica es una mayor vigilancia sobre el marcado, la documentación y el estado de las láminas adhesivas. Las campañas informativas y los controles en carretera han aumentado desde 2025, por lo que la combinación ITV + control policial exige cumplir con mayor rigor.

AECA-ITV sintetiza el cambio: «el tintado de lunas ya no es una reforma de importancia», pero insiste en que llevar la documentación y utilizar láminas homologadas es la mejor forma de evitar multas y rechazos en la ITV.

¿Qué comprueban las estaciones en la inspección de láminas solares?

Los inspectores verifican primero el marcado y la homologación visible en la propia lámina: debe existir un identificador indeleble con marca/tipo que permita su correspondencia con la documentación. Si no hay marcado, la lámina suele ser motivo de rechazo.

También se exige el certificado de instalación emitido por el taller o un certificado/ensayo del laboratorio cuando proceda (por ejemplo, filtros FUVA). La documentación debe acreditar que el producto y la instalación cumplen las condiciones técnicas exigidas.

En cuanto al estado de la lámina, se comprueba la correcta adhesión (sin zonas despegadas), ausencia de burbujas o pliegues que afecten la visibilidad y que no esté colocada en zonas no permitidas (campo de visión delantero). Burbujeos mayores de 2 mm o zonas despegadas son indicadores que suelen motivar rechazo según criterios operativos y de defecto.

Normativa aplicable y marcado obligatorio

La instalación y requisitos técnicos de láminas adhesivas están regulados por la Orden ITC/1992/2010. Esa orden exige que las láminas lleven una marca o tipo indeleble y cumplan condiciones técnicas específicas para su uso en vehículos.

Además, el Reglamento General de Circulación exige que «la superficie acristalada del vehículo permita la visibilidad diáfana del conductor». Solo están permitidas láminas en ventanillas posteriores si el vehículo dispone de dos espejos retrovisores exteriores.

Por tanto, la conformidad técnica y el marcado no son opcionales: en la inspección se coteja la marca en la lámina con la documentación aportada y, en caso de discrepancia, la estación puede calificar la ITV como desfavorable.

Excepción médica: filtros FUVA y procedimiento para casos de lupus

Existe una excepción regulada para personas con sensibilidad a la radiación ultravioleta. La Orden IET/543/2012 regula los filtros UVA con marcado FUVA que pueden instalarse en parabrisas y ventanillas delanteras para quienes tengan diagnóstico, como en casos de lupus.

Estos filtros requieren un marcado FUVA, ensayo de laboratorio autorizado y documentación sanitaria específica visada por los servicios de salud competentes de la Comunidad Autónoma. Sin esta documentación, la excepción no se aplica y la lámina puede ser motivo de rechazo.

En la práctica, quien se acoja a esta excepción debe llevar siempre en el vehículo la documentación sanitaria, el certificado/laboratorio que avale el filtro FUVA y el ticket del instalador para acreditar la correspondencia entre marcado y papeleo en controles e ITV.

Documentación práctica que debe llevar el conductor

Para evitar problemas en un control o en la estación ITV, el conductor debe portar el certificado o ticket del instalador donde conste la homologación de la lámina y la referencia del producto instalado. Es aconsejable que este documento sea legible y esté fechado.

Si la lámina precisa ensayo de laboratorio (por ejemplo, FUVA), llevar copia del certificado del laboratorio facilita la comprobación. En caso de control policial o en la ITV, hay que poder demostrar la correspondencia entre el marcado en la lámina y la documentación aportada.

Si existe duda sobre la validez del marcado o la documentación, lo más prudente es solicitar al taller el certificado del producto y del montaje o retirar/rectificar la lámina antes de acudir a la ITV para evitar multa o calificación desfavorable.

Sanciones, riesgos administrativos y criterios de rechazo

Las infracciones relacionadas con láminas que impidan la visibilidad o que no estén homologadas suelen conllevar multas administrativas. Los importes habituales citados son hasta 200 €, con reducción por pronto pago frecuente a 100 € en muchos casos.

Además de la sanción económica, la ITV puede calificarse como desfavorable si la lámina afecta la seguridad o no reúne el marcado/documentación exigidos. Un rechazo obliga a subsanar el defecto antes de repetir la inspección, con tiempo y coste adicional.

Los inspectores siguen indicadores concretos que motivan rechazo: ausencia de marcado homologado, burbujas mayores de 2 mm, zonas despegadas, láminas en el campo de visión delantero o discrepancias entre la marca y el certificado. Estas reglas están recogidas en guías técnicas que usan las estaciones.

Diferencias regionales y notas prácticas para consultas locales

Aunque el Manual ITV 7.9 es la referencia nacional, algunas Comunidades Autónomas han emitido instrucciones locales para aclarar la aplicación práctica. Por ejemplo, Euskadi cuenta con la Instrucción IAT-ITV y Andalucía ha publicado guías/órdenes que matizan anotaciones en la tarjeta ITV en casos excepcionales.

Si existe una situación particular (p. ej. dudas sobre anotaciones en ficha técnica o documentación sanitaria), conviene consultar la instrucción autonómica correspondiente o preguntar directamente en la estación de ITV local antes de la inspección.

En resumen, la normativa nacional marca los criterios generales, pero las notas de aplicación autonómicas pueden modificar procedimientos administrativos o requisitos de anotación: consultar la guía local evita sorpresas.

Recomendaciones prácticas y checklist para conductores

Acciones comprobables antes de acudir a la ITV: solicitar láminas homologadas y certificado del instalador, verificar que la lámina lleve un marcado indeleble (marca/tipo) y no laminar parabrisas ni ventanillas delanteras salvo caso FUVA con documentación sanitaria validada.

Mantener la documentación en el vehículo (ticket del taller, certificado de laboratorio si procede y, en su caso, documentación sanitaria visada) es clave para acreditar conformidad en un control. Si la lámina presenta burbujas, despegues o defectos, retirarla o repararla antes de la ITV.

Si se va a instalar láminas nuevas, pedir al instalador que entregue certificado de instalación y que el producto disponga de marcado conforme a la Orden ITC/1992/2010. Ante dudas, preguntar a la estación ITV o consultar los textos oficiales en BOE y el Manual de Procedimiento ITV (v.7.9) en industria.gob.es.

Las nuevas reglas buscan equilibrio entre permitir opciones estéticas o de protección y garantizar la seguridad vial. Cumplir marcado y documentación reduce el riesgo de multas y de rechazo en la ITV.

Si necesita aclaraciones concretas, consulte el Manual de Procedimiento de ITV v.7.9, la Orden ITC/1992/2010, la Orden IET/543/2012 (FUVA) y las instrucciones autonómicas de su Comunidad Autónoma, o pregunte en su estación ITV local.